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La Justicia desestima una
apelación de la exconcejal de IU,
Encarnación Ruiz, por trato
vejatorio de Villanova y Velasco
11 abril
2008
El caso se
refiere a un supuesto insulto
machista del que fueron
absueltos por el juzgado de paz
en noviembre pasado
El juzgado de
Instrucción nº 13 de Málaga, en
grado de apelación, ha dictado
sentencia ratificando al Juzgado
de paz de Alhaurín de la Torre,
quién absolvió a Gerardo Velasco
y Joaquín Villanova de una
denuncia de vejaciones
presentada por la ex-concejal de
IU, Encarnación Ruiz Fernández.
Los hechos se refieren al
desarrollo de un Pleno celebrado
el 13 de marzo de 2007, y en el
transcurso del cual, la
denunciante y el entonces
concejal de Urbanismo Gerardo
Velasco establecieron un debate
y tras un intercambio de
acusaciones mutuas, Velasco
interpeló a la concejal con esta
frase “¿está usted menopáusica
Sra. Ruiz? No se entera de
nada”. Esto lo encontró
vejatorio y sexista la concejal
de IU e interpuso una denuncia
por un presunta falta de
vejaciones contra el citado
concejal y contra el alcalde,
porque el mismo, como presidente
del acto no recriminó al
concejal Velasco.
El juicio de faltas celebrado en
el juzgado de Paz dictó
sentencia absolutoria el 28 de
noviembre de 2007 y el letrado
Francisco Javier Galán Palmero,
en representación de la
denunciante, Encarnación Ruiz
Fernández, interpuso recurso de
apelación de fecha 10 de enero
de 2008 quedando el mismo
adscrito al juzgado de
Instrucción nº 13 que es quien
ha dictado sentencia.
El magistrado Luis Miguel
Moreno Jiménez en los
fundamentos de derecho dictamina
que “el recurrente (el letrado
Galán palmero) no ha conseguido,
mediante su escrito de recurso,
desvirtuar el contenido de la
sentencia dictada por dicho
órgano judicial de Paz”.
Asimismo, expresa que la
cuestión se bifurca en dos
direcciones, la primera
considerar si la actitud
mantenida por el segundo de los
apelados Joaquín Villanova es
constitutiva o no de delito y la
segunda si las manifestaciones
de Velasco constituyen
infracción penal, por entenderse
atentatorias a la persona y
dignidad del carácter de mujer
de la concejal Ruiz o están
justificadas en razón del debate
político.
Con relación al primero de los
casos, el juez estima que la
actitud de Joaquín Villanova no
muestra ninguna vejación para la
denunciante ya que se interpreta
dentro de la rivalidad política
entre dos fracciones.
Respecto al segundo de los
denunciados, el concejal Velasco
no queda demostrado que el
término menopáusico fuera
utilizado en tono interrogativo
o afirmativo y aun en el caso de
que así lo fuera, -entendido por
el magistrado como “de leve
entidad”- hay que distinguir si
dicho adjetivo es o no
censurable dentro del debate
político, ya que en este ámbito
como antes se ha dicho hay
diferencias entre ataque
político y sexista.
De las declaraciones de los
testigos y de las pruebas
aportadas como son el Acta de
pleno, no se puede sacar
testimonio, ya que los testigos
son contradictorios dependiendo
de que parte actúen y el acta no
aclara nada del suceso.
Finalmente, el magistrado del
Juzgado de Instrucción nº 13,
Sr. Moreno Jiménez, desestima el
recurso de apelación del letrado
Galán palmero contra la
sentencia dictada por el Juzgado
de Paz de Alhaurín de la Torre
el 28 de noviembre de 2007,
confirmándola en su totalidad y
haciendo constar que la misma es
firme y no cabe interponer
recurso alguno.
Los concejales
absueltos han declarado su
satisfacción con la sentencia y
han manifestado que esta
apelación a un dictamen judicial
ya resuelto, no demuestra más
que la persecución constante que
mantuvo esta ex concejala contra
el equipo de gobierno durante la
pasada legislatura sacando las
cosas de quicio para obtener
réditos políticos. “Una
denuncia-basura mas que sumar a
las que ya están archivadas” |