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El Tribunal Supremo da la razón
al Ayuntamiento y anula el
permiso de investigación
Jarapalos 6408
15 abril
2008
Este
permiso implicaba la posibilidad
de que se pudiera abrir otra
cantera en la Sierra
El Tribunal Supremo ha estimado
el recurso de casación
interpuesto por este
Ayuntamiento y ha anulado la
transmisión de los derechos
mineros del permiso de
investigación “Jarapalos” numero
6408, mediante el cual se
planteaba abrir una nueva
cantera en la Sierra.
El TS en su sentencia de fecha
28 de noviembre de 2007, sección
tercera de la sala de lo
contencioso administrativo,
estima los planteamientos en
casación del ayuntamiento y
ordena a la Junta de Andalucía,
Consejería de Innovación y
Ciencia, que anule la
transmisión dictada por dicho
organismo y resuelva el fondo
del recurso presentado por la
corporación municipal.
Los hechos de que trata dicho
asunto son los siguientes:
El 4 de septiembre de 1997, la
Consejería de Innovación de la
Junta aceptó la transmisión de
los derechos mineros del permiso
de investigación Jarapalos 6408
del que era propiedad la empresa
Badomar a la empresa Sando y
Áridos Alhaurín de la Torre.
Este permiso de investigación
facilitaba la apertura de una
nueva cantera en la zona de
Gibraltar por parte de la
comercial Sando y Aridos
Alhaurín, así como varias
explotaciones más.
Ante esto, el ayuntamiento
presentó recurso contencioso
administrativo 2909/1998 el
4/05/98, alegando que dicho
permiso había pasado los diez
años que marca la ley para su
tramitación y por tanto estaba
caducado. La Junta no admite
esta alegación municipal. Dicho
recurso, presentado por el
Ayuntamiento, solo contó con la
adhesión del grupo ecologista
“Habalcuza” representado por
José Manuel Cestino, la PDSS que
hasta la fecha se había
distinguido por su oposición a
las canteras no se sumó a dicho
recurso.
Ante la inadmisión de la Junta,
el ayuntamiento mantiene dicho
recurso que pasa al Tribunal
Superior de Justicia de
Andalucía, que con sentencia de
fecha 25 de junio de 2004, nº
856/2004 mantiene el
desistimiento de la Junta, por
lo cual, el Ayuntamiento en
defensa del interés del pueblo,
recurre dicha sentencia en
casación ante el Tribunal
Supremo. Este, si estima dicho
recurso municipal, anula la
transmisión de derechos mineros
que se realizó entre las empresa
Badomar y Sando/Áridos Alhaurín
de la Torre y ordena a la Junta
que entre en el fondo del asunto
y resuelva el recurso ordinario
interpuesto por el Ayuntamiento.
La alcaldía se muestra
satisfecha con esta sentencia
del TS, ya que demuestra el
interés municipal en que no se
abran nuevas canteras en
Alhaurín de la Torre ni se
concedan permisos mineros que
posibiliten la apertura de
estas, por ello, el ayuntamiento
ha seguido pleiteando sobre
cualquier posibilidad llegando
hasta el Supremo y ganando su
demanda. “Es mi intención y del
equipo de gobierno –ha declarado
el alcalde- acabar con la
actividad extractiva y después
de poner en marcha el Plan
Especial de Restauración, las
dos canteras declaradas ilegales
están reforestando la Sierra con
plazo de vencimiento y las otras
dos declaradas legales por
sentencia judicial, les quedan
pocos recursos y poco tiempo de
explotación y después deben
también de restaurar, por tanto,
esta sentencia es muy importante
ya que cierra la posibilidad de
que a través del permiso de
explotación Jarapalos 6408 se
pudieran abrir otras nuevas.
Estamos empeñados en poner orden
en el sector y restaurar lo
destruido, por ello, espero que
la Consejería de Innovación haga
caso ahora de nuestro recurso y
cierre definitivamente el caso
Jarapalos 6408” |