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Protección
Civil recuerda la prohibición de
realizar quemas fuera de los
días y horas que marca la Junta
de Andalucía
29 abril
2008 Hay
que solicitar autorización a la
Consejería de Medio Ambiente de
la Junta trámite que se puede
realizar en el Ayuntamiento
Dado las fechas del año y la
reiteración y avisos por quemas
que se vienen produciendo
insistentemente, como prevención
ante el riesgo de incendios en
estos días calurosos y secos,
Protección Civil de Alhaurín de
la Torre, recuerda la
prohibición expresa de realizar
quemas, ya sea en zonas de
ámbito forestal o fuera de
ellas, que no se realicen en los
meses, días y horas que el
Decreto 27/2001 de 13 de
noviembre, sobre Prevención y
lucha contra los Incendios
Forestales, de la Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, dicta.
ZONAS DE AMBITO FORESTAL
Así, en las zonas
(Urbanizaciones que se
encuentren a pie de monte) que
se encuentren a menos de 400
metros de áreas forestales
(Jabalcuza o Jarapalos), sólo se
podrán realizar quemas los meses
de octubre a mayo. Igualmente no
se puede quemar los sábados,
domingos y/ festivos. Y el
horario en todo caso es de 8 de
la mañana a 2 de la tarde.
Para realizarlas, previamente
tiene que solicitarse
autorización a la Consejería de
Medio Ambiente de la Junta de
Andalucía, trámite que se puede
realizar en el Ayuntamiento.
Hasta que no se reciba la
comunicación de la Junta de
Andalucía, no se podrá realizar
la quema.
OTROS ÁMBITOS
En las zonas que no sean de
ámbito forestal, las quemas
pueden producirse cualquier mes
del año, salvo orden contraria
de la Consejería de Medio
Ambiente, pero al igual que las
anteriores, solo se podrán hacer
de 8 de la mañana a 2 de la
tarde, e igualmente está
expresamente prohibido
realizarlas en sábado, domingo o
festivo. La autorización se
solicita con al menos 15 días de
antelación en el Ayuntamiento.
AUTORIZACIONES
DE QUEMAS
Zonas de ámbito forestal:
Urbanizaciones Tabico, Vaguada
de la Sierra, El Lagar, Zona
alta de Manantiales y
Fuensanguínea, Villamonte, Pinos
de Alhaurín y en general, todas
aquellas áreas que se encuentren
a un mínimo de 400 metros de
zona forestal.
- Autorización solo de Octubre a
Mayo.
- Horario exclusivo: de 8 de la
mañana a 2 de la tarde.
- Prohibición expresa en sábado,
domingo o festivo.
-Trámite: Solicitud a la Junta
de Andalucía que puede hacerse
en el Ayuntamiento. En caso de
que sea autorizada, solo se
podrá ejecutar la quema cuando
se reciba la notificación de la
Junta de Andalucía.
Otras zonas
Resto del término municipal
fuera de zona forestal.
-
Autorización cualquier mes del
año, salvo orden contraria de la
Junta.
-
Horario exclusivo: de 8 de la
mañana a 2 de la tarde.
-
Prohibición expresa en sábado,
domingo o festivo.
-
Trámite: Solicitud en el
Ayuntamiento con al menos 15
días de antelación a la fecha
prevista para la realización de
la quema.
Protección Civil recuerda, que
el incumplimiento de esta
normativa puede llevar aparejada
sanción administrativa y en el
caso de zonas forestales,
procedimientos penales.
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