Tribunales
Gerardo
Velasco y Joaquín Villanova
absueltos de un delito de faltas
La ex concejal de
IU, Encarnación Ruiz les había
denunciado por un presunto
delito de vejaciones por el uso
de la palabra `menopáusica´
16 de diciembre de 2007
El juzgado de paz
de Alhaurín de la Torre, ha
dictado sentencia por un juicio
de faltas por una presunta falta
de vejaciones, interpuesto por
la ex concejal de IU,
Encarnación Ruiz Fernández,
contra Gerardo Velasco, entonces
concejal de Urbanismo y el
alcalde Joaquín Villanova.
Los hechos se
refieren a un Pleno celebrado el
pasado 13 de marzo, en el cual
el concejal Velasco en medio del
debate, le dirigió a la concejal
Ruiz la siguiente frase: “está
usted menopáusica Sra. Ruiz, no
se entera de nada”.
El juez no
considera constitutivo de falta
de vejaciones los hechos
denunciados, ya que el propio
Sr. Velasco reconoce que la
desafortunada frase la realizó
en un momento de acaloramiento
político en el que fue
interrumpido reiteradas veces
por la Sra. Ruiz de forma
descalificatoria contra su
persona y entiende que todo ello
forma parte de ese debate
político. El juez deduce que la
palabra `menopáusica´ que se
pronuncia en medio de ese
debate, en el cual se dan
descalificaciones mutuas, no
puede calificarse de vejatoria e
injuriosa, ni se pronuncia en
dicho contexto con ánimo de
injuriar o vejar a una persona
que en ese momento es su
contrincante político.
Con respecto a la
actuación del alcalde Villanova,
el juez entiende que no puede
siquiera considerar que se haya
incurrido en falta de
vejaciones, ya que la palabra
que utilizó, “victimista”, no
puede entenderse como tal. Por
otra parte, el juez considera
que el alcalde cumplió con su
obligación ya que amonestó
posteriormente a ambos por el
tono empleado.
Por todo ello, el
juez absuelve a ambos de la
falta de vejaciones que habían
sido acusados por la Sra. Ruiz.
Esta, ha estado asistida por el
conocido abogado de la PDSS y
esposo de la Concejal de IU,
Mercedes Ávila, Francisco Javier
Galán Palmero. Este había
solicitado a cada uno una pena
de multa de 20 días con cuota
diaria de 100 euros y una
indemnización de mil euros por
los daños morales. El letrado de
los denunciados solicitó una
sentencia absolutoria. |