Una persona de nuestro municipio ha sido condenada a un año de pena de cárcel por la construcción en suelo no urbanizable y sin licencia de cuadras y almacenes, en la parcela situada en Alhaurín de la Torre. Según recoge la sentencia, el acusado, construyó dos edificios de 34 mt2 cada unos destinado a almacén así como una cuadra de 368 mts.

La construcción fue realizada en suelo clasificado, según recogen las normas en vigor, como suelo no urbanizable, amen de la falta de licencia municipal de obras.

La condena, según fuentes de Europa Press es la siguiente:

«Por estos hechos se condenó al hombre por un delito contra la ordenación del territorio a una pena de un año de prisión, a una multa de 3.600 euros y se le impuso la inhabilitación especial para realizar obras, edificaciones y construcciones durante un año. Frente a esta sentencia, la defensa presentó un recurso de apelación, con distintas alegaciones.

La Sala rechaza todos los argumentos expuestos por el letrado en su recurso y señala, en primer lugar, que aunque esta conducta pueda ser sancionada por la vía administrativa, en este caso está bien aplicada la vía penal, con el fin de «hacer cumplir la legalidad urbanística». Asimismo, considera que no se da en este caso veneración alguna de derechos.

Respecto a la reparación del daño, indica que concurre dicha atenuante, pero no en el grado máximo que pedía la defensa, ya que se precisa que dicha reparación se ciñó a la responsabilidad civil pedida por la acusación, lo que se hace «poco tiempo antes del inicio del juicio oral, transcurridos ya casi cuatro años desde el inicio del procedimiento penal».