(Por La Novia Roja de la Prensa) Hay una cuestión en Derecho Penal que parece sencilla hasta que uno empieza a rascar y sale el derecho al honor.

Porque resulta que el honor no viene con instrucciones de uso ni certificado de garantía. Cada persona lo lleva puesto a su manera. Y lo que para uno constituye una ofensa monumental, para otro puede ser prácticamente un piropo.

Aquí es donde aparece una de las mayores complejidades del Derecho: el honor tiene una dimensión profundamente subjetiva y variable. Y voy a poner un ejemplo muy de andar por casa. Por mi casa.

Si yo llamo a alguien “facha” y esa persona se siente profundamente ofendida, puede considerar que he atentado contra su honor. Pero resulta que yo puedo ser perfectamente consciente de que, si alguien me llama “roja de mierda”, en lugar de sentir que mi honor ha quedado hecho trizas, pensar: “¿Y eso era un insulto? Cariño, llevo décadas trabajando para conseguir semejante categoría.” Porque para mí, que me llamen roja puede ser un orgullo, no me están descubriendo ningún secreto de Estado. Y si además le añaden el “de mierda”, pues hombre, preferiría que cuidaran un poco el vocabulario, pero tampoco voy a llamar a la Brigada Antiinjurias como hacen ellos.

Y aquí está precisamente el meollo de la cuestión: la misma palabra no tiene necesariamente el mismo significado para todas las personas. El Derecho distingue, simplificando mucho, entre dos dimensiones del honor. Por un lado, está el honor subjetivo, es decir, la valoración que una persona tiene de sí misma. Su autoestima, su dignidad personal, lo que considera que la define y aquello que percibe como humillante. Por otro está el honor objetivo, que tiene que ver con la reputación: la fama que esa persona tiene ante los demás.

Y aquí empieza el problema. Porque si el Derecho tuviera que castigar automáticamente cualquier palabra que alguien considere ofensiva, estaríamos apañados.

Imaginemos un país en el que cada ciudadano pudiera elaborar su propio Código Penal:

“Artículo 1: Queda prohibido llamarme calvo.”

“Artículo 2: Queda prohibido decir que cocino mal.”

“Artículo 3: Queda terminantemente prohibido insinuar que mi cuñado tiene razón.”

“Artículo 4: Llamarme facha será considerado delito.”

Y otro ciudadano, mientras tanto:

“Artículo 1: Llámame rojo todo lo que quieras.”

Entonces el juzgado necesitaría más psicólogos que jueces.

Por eso, no basta con que alguien se sienta ofendido. El Derecho tiene que valorar también si la expresión tiene objetivamente entidad suficiente para lesionar el honor, teniendo en cuenta el contexto, la gravedad, la difusión, la relación entre las personas y las circunstancias concretas. Porque una misma palabra puede cambiar completamente de significado dependiendo de quién la diga, a quién se la diga, cómo se diga y para qué se diga.

No es lo mismo que dos amigos se llamen “gilipollas” mientras discuten sobre fútbol que utilizar exactamente esa palabra para humillar públicamente a alguien y desacreditarlo ante miles de personas. El contexto manda.

También importa la intención. No es lo mismo una expresión utilizada como insulto deliberado que una palabra empleada en una broma, una discusión política, una crítica o dentro de una relación en la que determinadas expresiones forman parte de la comunicación habitual.

Y después está la publicidad. No produce el mismo efecto que alguien te diga “eres un imbécil” en una habitación, a que lo publique delante de veinte mil personas en redes sociales. En el primer caso tienes un cabreo. En el segundo puedes tener un cabreo, veinte mil testigos y, dependiendo de las circunstancias, un problema jurídico.

Por eso, cuando hablamos de injurias, no deberíamos pensar que existe una especie de “lista negra de palabras prohibidas” donde aparece:

Facha ❌

Rojo ❌

Gilipollas ❌

Idiota ❌

Cabrón ❌

Y aquí vuelvo a mi ejemplo. Si alguien me llama “roja de mierda”, quizá pretenda ofenderme, pero puede encontrarse con un pequeño problema estratégico: que a mí me haga bastante más gracia que daño. Y eso demuestra precisamente la dificultad del asunto. Para quien utiliza “roja” como insulto, puede ser una descalificación. Para quien se considera “roja”, es una identidad política de la que se siente orgullosa y pueden conseguir exactamente lo contrario.

Con “facha” no ocurre lo mismo. La persona suele considerar esa palabra una gravísima ofensa contra su honor.

O sea, que, según el código penal, El Animus Iniurandi (La intención de ofender), solo lo tenemos los rojos, ¡no! Jajajajaja